El Juez Federal de Campana ordenó la aplicación inmediata de la Ley de Emergencia en Discapacidad
El Juzgado Federal de Campaña, a cargo del juez federal Adrián González Charvay, ordenó la inmediata aplicación de la Ley N° 27.793 de Emergencia en Discapacidad en todo el país. Se trata de la norma sancionada por el Congreso Nacional en julio de este año, vetada por el presidente Javier Milei, y vuelta a poner en vigencia por el Congreso, con el apoyo de dos tercios de las cámaras de Diputados y de Senadores.
El magistrado declaró la invalidez del Artículo 2° del Decreto 681/2025 en la que el Gobierno -insólitamente- pedía conocer las fuentes de financiamiento de esa ley para aplicarla. El fallo del juez federal de Campana establece que ese decreto "resulta inválido como acto de gobierno, ya que desconoce los lineamientos y las obligaciones establecidas en la Constitución Nacional" y, además, "incumple los compromisos asumidos en tratados internacionales específicos en materia de derechos humanos", como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El intendente de Escobar, Ariel Sujarchuk resaltó el accionar del González Charbay: "qué bueno es saber que hay jueces en la República Argentina que actúan bien y rápido. Tener un Gobierno Nacional que no solo no respeta a las personas con discapacidad, sino que incluso no quiere respetar leyes votadas por el Congreso Nacional es una desgracia. Pero, afortunadamente el equilibrio de poderes funciona, por lo que la Justicia pone las cosas en su lugar. Mientras tanto, en nuestro distrito, a contramano de las políticas nacionales, llevamos adelante acciones y programas como deporte adaptado, rehabilitación en nuestros centros de salud, integración en colonias, y participación en eventos culturales y recreativos, además de trabajar junto a instituciones especializadas en el tema como APANNE. Eso nunca cambiará".
La causa en la que falló el juez federal González Charvay fue impulsada por padres en representación de sus hijos menores de edad que tienen un Certificado Único de Discapacidad, sumado al reclamo de asociaciones civiles, prestadores y familiares. Ahora, gracias a la resolución, se hace lugar a la acción de amparo colectivo con efectos expansivos para todas las personas representadas (personas con discapacidad, familias, y prestadores) ordenando la inmediata aplicación de la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad.









