Proyecto de ordenanza sobre la Emergencia Farmacológica en Baradero
Proyecto de ordenanza sobre la declaración de la Emergencia Farmacológica ingresado conjuntamente con concejales del bloque de Unidad Ciudadana, apunta a mejorar y principalmente reordenar la vida de muchos vecinos y vecinas de Baradero, que han sido impactados de lleno con la pérdida de ingresos producto de la reforma previsional.
Visto.
El recorte presupuestario en materia de salud pública que lleva adelante el Gobierno Nacional, el exponencial aumento de precios de los medicamentos, la necesidad de garantizar el suministro de los mismos y de los insumos para pacientes en condiciones de vulnerabilidad y/o tratamientos prolongados; y
CONSIDERANDO
Que la declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su Artículo 25, reconoce como derecho inalienable e inherente a todo ser Humano “la salud y el bienestar(…) la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”; de modo que el Estado tiene la obligación de respetar, proteger y garantizar este derecho a todos los ciudadanos, lo que incluye el acceso a los medicamentos;
Que la organización Mundial de la Salud señala que el derecho a la salud abarca la disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de los productos vinculados a la salud y en ese marco, los medicamentos esenciales deben estar disponibles en todo momento en las cantidades adecuadas y en las formas farmacéuticas que se requieran en el ámbito de los sistemas de salud.
Que dichos tratados y referencias internacionales tienen rango constitucional en cuanto aparecen incluidos en el inciso 22 del artículo 75º de la constitución nacional;
Que la constitución de la Provincia de Buenos Aires, en su artículo 36º, establece el derecho a la salud pública en sus aspectos preventivos, asistenciales y terapéuticos, incluyendo el acceso a los medicamentos en cuanto resultan considerados un bien social;
Que en diciembre de 2017, un estudio realizado por el observatorio de políticas públicas de la Universidad Nacional de Avellaneda(UNDAV) reveló que los medicamentos, en general, sufrieron un aumento del 102% en base bianual y quedaron en un 27,3% sobre la inflación de los dos años(2016-2017). Y en los primeros dos meses del 2018 aumentaron en un 5% más;
Que, por lo tanto, con base en las estadísticas, desde el cambio de gobierno en el 2015, el aumento extremo de los medicamentos afecta a toda la población en su conjunto, particularmente a los jubilados, quienes deben destinar parte significativa de sus ingresos a la compra de fármacos y/o tratamientos específicos;
Que la demanda de medicamentos es de carácter inelástico, y no se tiene en consideración la importancia vital del consumo de remedios para la salud de las personas.
Que el gobierno eliminó el PROGRAMA REMEDIAR, acción que pone fin a la compra mayorista y distribución dedeterminados medicamentos de forma gratuita y que a su vez, esto genera entre otras cosas, la imposibilidad de la población de acceder a ellos y el aumento de precios.
Que, a pesar del último convenio de rebaja de un 5% entre PAMI y el sector farmacéutico, la disminución de precios se licua con el aumento desmedido de las tarifas (luz y gas) y la devaluación del peso argentino casi en un 10% en los últimos dos meses;
Que mediante la disposición conjunta 0005-17, el PAMI condicionó la cobertura del 100% de los medicamentos, restringió la entrega a sólo dos cajas de remedios y bajo la entrega máxima de diez medicamentos a cuatro mensuales;
Que es responsabilidad del Estado garantizarla distribución y el acceso de medicamentos y tratamientos a la población, ya que se trata de un bien social esencial para la protección integral de las personas y no de un bien de mercado, y a tales efectos se deben generar políticas públicas que controlen la oferta, la demanda y los precios;
Que es responsabilidad de nuestro municipio velar por la salud de los ciudadanos, lo que incluye elaborar estrategias que posibiliten garantizar el acceso a los medicamentos.
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Baradero, en el uso de sus facultades resuelve sancionar la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º:Declarar la Emergencia Farmacológica en el Municipio de Baradero, por el lapso de UN (1) AÑO.
Artículo 2º:Solicitar al Departamento Ejecutivo que se utilicen todos los mecanismos legales a su alcance para asegurar el acceso a los medicamentos a todos los habitantes de nuestro distrito, incluso, concretar acuerdos con los sectores públicos y privados que permitan obtener respuestas satisfactorias e inmediatas.
Artículo 4º: Comunicar al Ministerio de Salud de La Nación y de La Provincia de Bs. As.
Artículo 5º: Dé forma.