Prefectura Baradero: La Prefectura Naval Argentina informa
Que por Disposición PZDE, RI7 Nº 02/2015 EL Sr Prefecto de Zona Delta DISPUSO: La obligatoriedad de mantener en todo momento una velocidad mínima compatible con el buen gobierno del buque/embarcación, de manera tal de no generar oleaje que pueda producir situaciones peligrosas y / o acaecimientos a las embarcaciones menores y / o daños a las zonas costeras (muelles, tablestacado, etc).
Fíjese para la totalidad de embarcaciones a motor (deportivas y comerciales ) que naveguen por : Rio Lujan desde la intersección con el canal vinculación hasta el canal Arias – Rio Sarmiento –Rio Caraguatá – Rio Carapachay – Rio Capitán – Pasaje el Sueco, desde la intersección con el Rio Paraná de las Palmas hasta el Arroyo sin Nombre – Arroyo Dorado – Arroyo Pajarito – Arroyo Abra vieja – Canal del Este, desde el Canal Honda hasta el Arroyo Tres Sargentos – Rio San Antonio a partir del canal Vinculación, hacia su confluencia con el Rio de la Plata.-
Ante cualquier consulta, podrá comunicarse al número telefónico: (03329) - 480205 o por correo electrónico a la siguiente dirección bara@prefecturanaval.gov.ar,