ARCA lanzó un nuevo plan de pagos para regularizar deudas: quiénes pueden acceder y cómo adherirse
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitó un régimen especial para mipymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro. Permite financiar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social en hasta 18 cuotas, con adhesión disponible hasta el 30 de octubre de 2026.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo régimen especial de facilidades de pago destinado a micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, con el objetivo de facilitar la regularización de deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.
La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5875/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a las obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026.
Qué deudas se pueden regularizar
El nuevo plan permite incluir:
- Obligaciones impositivas.
- Deudas aduaneras.
- Recursos de la seguridad social.
- Intereses resarcitorios y punitorios.
- Retenciones y percepciones impositivas.
- Tributos vinculados a operaciones de importación y exportación.
- Multas aplicadas hasta el 30 de junio de 2026.
No obstante, la adhesión no implica la reducción de intereses ni la condonación de sanciones previstas por la normativa vigente.
Qué conceptos quedaron excluidos
El régimen no contempla:
- Anticipos y pagos a cuenta.
- Determinados conceptos de IVA sobre servicios prestados desde el exterior.
- Aportes y contribuciones destinados a obras sociales.
- Cuotas de ART.
- Aportes del personal de casas particulares.
- Planes de pago que ya se encuentren vigentes.
- Otros tributos específicos contemplados por la legislación.
Asimismo, no podrán adherirse quienes tengan condenas firmes por delitos tributarios o aduaneros, responsables solidarios, garantes y determinadas personas jurídicas cuyos directivos hayan sido condenados por ese tipo de delitos.
Cuántas cuotas ofrece el plan
Las condiciones varían según el tipo de contribuyente.
Micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro
- Hasta 18 cuotas para obligaciones generales.
- Hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones.
- Pago a cuenta del 5%.
- Tasa de financiación mensual del 2,75%.
Medianas empresas (Tramo 1 y Tramo 2)
- Hasta 15 cuotas para obligaciones generales.
- Hasta 7 cuotas para retenciones y percepciones.
- Pago a cuenta del 10%.
- Tasa mensual del 2,75%.
Condiciones del régimen
La normativa establece que:
- El monto mínimo del anticipo será de $50.000.
- Cada cuota también deberá ser, como mínimo, de $50.000.
- No existe límite en la cantidad de planes que puede presentar un contribuyente.
- La deuda quedará consolidada una vez abonado el anticipo, momento en el que el plan será presentado automáticamente.
Cuándo caduca el plan
ARCA informó que el beneficio caducará automáticamente cuando:
- Existan dos cuotas consecutivas o alternadas impagas durante 60 días corridos desde el vencimiento de la segunda.
- O permanezca impaga la última cuota durante 60 días desde su vencimiento.
En esos casos, el organismo podrá iniciar las acciones judiciales correspondientes para reclamar el cobro del saldo pendiente.
Cómo acceder al plan de pagos de ARCA
Los contribuyentes podrán adherirse hasta el 30 de octubre de 2026 ingresando al servicio web "Mis Facilidades", dentro de la opción:
"Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026".
El nuevo régimen comenzará a regir a partir de este miércoles y forma parte de las medidas impulsadas por ARCA para favorecer la regularización fiscal de empresas, pequeños contribuyentes y organizaciones sin fines de lucro.








